Herencias y donacionesEstoy obligado a aceptar una herencia si hay deudas?

La pérdida de un familiar es un momento delicado y triste por el que todos pasamos. Cuando se están atravesando estos momentos complicados es difícil pensar en gestiones administrativas, papeleos y menos aún obligaciones o deudas. Por desgracia, un problema muy frecuente al recibir una herencia es que no sólo se heredan los bienes y derechos, sino las obligaciones y deudas que tuviera el difunto.

La aceptación pura y simple de una herencia supone para el heredero hacerse cargo tanto de los bienes y derechos, como de las deudas y responsabilidades ante acreedores con el patrimonio que se hereda y el patrimonio propio. Si el heredero considerara arriesgado aceptar una herencia por existir deudas o incluso tener que hacer un desembolso personal para suplir éstas, tiene varias opciones:

Aceptar la herencia a beneficio de inventario

En este caso las deudas y obligaciones del fallecido se abonan hasta alcanzar los bienes heredados. Si quedase remanente ése pasaría al patrimonio del heredero. En caso de existir más deudas que bienes a heredar, al heredero no le quedaría nada, pero tampoco tendría que hacerse cargo de las obligaciones con su patrimonio personal.

Es la manera de aceptar una herencia sin comprometer el propio capital del heredero. Las posibles deudas se cancelan con el patrimonio a heredar, y por tanto limita la responsabilidad al patrimonio que se hereda. Además, esta opción es muy recomendable cuando no se conoce en toda su extensión el alcance de las deudas del fallecido.

Renunciar a la herencia

Esta sería la última alternativa para cualquier heredero, ya que suele suponer una mezcla de sentimientos encontrados al tener que renunciar a lo que les pertenece por herencia y no poder hacer frente a los gastos que supondría aceptarla.

El heredero en este supuesto no aceptaría los bienes ni derechos que le corresponderían en la sucesión, pero tampoco se haría cargo de deudas ni obligaciones. Para que la renuncia fuera efectiva debe hacerse ante Notario público elevándose a escritura.

Debido a la crisis económica y el desembolso que supone para muchos herederos aceptar una herencia, han proliferado particulares y empresas especialistas en “comprar herencias” en las que el heredero recibe una cantidad por vender sus derechos y obligaciones y se despreocupa de la herencia. Por tanto, muchos herederos optan por vender su herencia y desentenderse del patrimonio heredado pero también de sus deudas y posibles conflictos con el resto de coherederos.

No hay que olvidar que en herencias donde existen deudas los acreedores del fallecido pueden embargar la herencia amparados por una orden judicial que establezca el embargo de bienes o cuentas bancarias pertenecientes al difunto. Pueden demandar directamente a los herederos y solicitar el embargo de los bienes o demandar herencias pendientes de aceptación solicitando que no se realice la partición hasta que no reciban el pago de sus créditos.

Sin duda lo más importante a la hora de repartir una herencia es la voluntad de las partes, en este caso de todos los herederos. Compartir bienes comunes suele suponer desacuerdos por diferencias en intereses y situaciones económicas. Cada heredero tiene una necesidad e interés muy dispar y el diálogo y la cordura son importantes para evitar conflictos indeseados que sólo perjudicaran el procedimiento y empeoraran las relaciones personales. Si estas pasando por una situación similar y necesitas ayuda contacta con nosotros aquí.

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