El Congreso aprobó el 3 de noviembre de 2022 el proyecto de la Ley de Fomento del Ecosistema de las Empresas emergentes, o más comúnmente llamada “Ley de start-ups” con la intención de atraer inversión a España y convertirla en un referente europeo del emprendimiento. Está previsto que entre en vigor en 2023.
El concepto de una startup no estaba definido legalmente hasta ahora. Esta nueva ley define a una startup como empresas de nueva creación o de menos de 5 años, 7 en el caso de empresas biotecnológicas, energéticas, industriales y de otros sectores estratégicos o que hayan desarrollado tecnología propia diseñada íntegramente en España.
Además, para poder ser considerada startup la empresa:
- No puede cotizar en el mercado de valores
- Ni distribuir beneficios
- Ni superar un volumen anual de negocio de 5 millones
Existirán puntos de atención al emprendedor y una Oficina nacional de Emprendimiento que funcionará como portal o ventanilla de información y acceso a ayudas públicas, y la Empresa Nacional de Innovación (ENISA), dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo será la encargada de acreditar a las empresas startups.
La Ley facilitará los trámites para su creación con medidas como:
- La reducción a un euro el capital social necesario
- Eliminación de los aranceles notariales y registrales cuando sean empresas que se acojan a estatutos tipo y se haga por vía electrónica
- La constitución de una empresa podrá hacerse mediante un documento único electrónico e inscripción en el registro mercantil en 6 horas si se utilizan los estatutos tipo, o en 5 días para el resto de los casos.
- No será requisito obtener un número de identificación de extranjero (N.I.E.) para los inversores no residentes, y durante los tres primeros años
Así, se eliminan trabas burocráticas, se flexibilizan los trámites para fomentar la creación e inversión de empresas emergentes de base tecnológica, y también incluye importantes medidas fiscales.
Serán beneficiarios de esta ley todas las personas físicas que adquieran su residencia fiscal en España y que no hayan residido en el país durante los cinco ejercicios impositivos anteriores a su desplazamiento a España, y que, optando por vivir en el territorio nacional, podrán tributar por el Impuesto de la Renta de no residentes (IRNR) en el período impositivo en que cambie de residencia y durante los años cinco siguientes.
Se aplicará un tipo impositivo del 24% a las rentas de hasta 600.000€, y el 47% al sobrepasar este límite. Hasta ahora el tipo impositivo era progresivo llegando a alcanzar el 50%, por lo que el beneficio fiscal es significante.
Esta ley también incluye medidas para recuperar talento nacional e internacional, y atraer, favoreciendo el establecimiento en España de teletrabajadores y nómadas digitales. Uno de los cambios introducidos para ello es crear un tipo nuevo de visado para nómadas digitales “visado para teletrabajar de carácter internacional”
Por tanto, los cinco grandes objetivos de la nueva ley son:
- Fijar las condiciones que deberán cumplir las empresas emergentes para considerarse start-ups y para poder acogerse a los beneficios que contempla la norma.
- Incentivar la contratación de personal de alta cualificación.
- Fomentar la inversión nacional y extranjera en las empresas emergentes mediante nuevos beneficios fiscales.
- Simplificar tramites administrativos para favorecer el emprendimiento innovador.
- Adaptar el marco administrativo, fiscal, civil y mercantil aplicable a las características específicas de las compañías emergentes de base tecnológica para apoyarlas en sus primeros años de vida y diferenciarlas de las empresas con modelos convencionales.
Si necesitas más información sobre este tema, no dudes en contactar con nosotros y te asesoraremos.
Puedes contactar con nosotros:
- POR EMAIL: [email protected]
- TELEFONO / WHATSAP: +34 659941281
- PRESENCIAL: Las Rozas de Madrid, Madrid- con cita previa.